El Instituto de Gestión e Investigación de Seguridad del Tránsito informa que, cada año entre 2015 y 2019, al menos 30,000 personas fueron arrestadas por conducir bajo la influencia del alcohol en New York. El estado utiliza uno de los sistemas más completos y exigentes de leyes en materia de “conducción con las facultades disminuidas” (DWI, por sus siglas en inglés) del país.
Ser acusado de un delito DWI puede ser una experiencia desconcertante y profundamente inquietante si existe incertidumbre respecto a los motivos y si la persona cometió un error de criterio momentáneo. Independientemente de la razón por la que la persona termine en este lamentable aprieto, para tramitar con éxito un caso DWI, es necesaria una excelente representación de parte de un abogado penalista que tenga amplia experiencia en este tipo de casos.
Tipos de delitos DWI conforme a la ley estatal de New York
Las personas arrestadas por un delito DWI primero deben saber el delito preciso del que se les acusa. El sistema completo de leyes en materia de DWI de New York consta de siete tipos de delitos DWI. En New York, las posibles penas para un delito DWI que se comete por primera vez son tan diversas como los delitos DWI en sí. Tal como se muestra a continuación, las penas que puede aplicar el tribunal podrían ser obligatorias u opcionales. En el contexto penal, la ley con frecuencia otorga discrecionalidad a los tribunales de manera que la sentencia sea apropiada para el infractor según las circunstancias del delito. Por lo tanto, las siguientes penas se entienden mejor como el conjunto de penas a las que la persona podría estar sujeta por cada delito DWI que cometa, mientras que otras penas son obligatorias conforme a la ley, si así se indica.
§ 1192(1) - Conducir bajo la influencia del alcohol
Operar un vehículo motorizado si las capacidades de operar dicho vehículo motorizado se ven disminuidas a causa del alcohol. Este delito se produce si el contenido de alcohol en la sangre de la persona (“BAC”, por sus siglas en inglés) es mayor que 0.05 % pero menor que 0.07 %.
Detalles del delito::
- Código de Vehículos y Tránsito (VT): § 1192(1)
- Denominación: Infracción de tránsito
Penas:
- Multa: Min = $300; Max = $500
- Tiempo en la cárcel máx.: 15 dias
- Suspensión de la licencia: 90 dias
- Suspensión del registro: hasta 90 dias
- Tasa de evaluación de responsabilidad del conductor: $250 (durante 3 años)
- Tasa de asistencia a víctimas de delitos: $25
- Asistir a un programa del impacto en las víctimas
§ 1192(4) - Conducir bajo la influencia de las drogas
Operar un vehículo motorizado si las capacidades de operar dicho vehículo motorizado se ven disminuidas a causa de las drogas. El término “drogas” incluye todas las sustancias controladas que figuran en el Artículo 3306 de la Ley de Salud Pública de NY (2019).
Detalles del delito:
- Código de Vehículos y Tránsito (VT): § 1192(4)
- Denominación Delito menor
Penas:
- Multa: Min = $500; Max = $1,000
- Tiempo en la cárcel máx: 1 año
- Revocación de la licencia: 6 meses
- Suspensión del registro: mínimo 6 meses
- Tasa de evaluación de responsabilidad del conductor: $250 (durante 3 años)
- Tasa de asistencia a víctimas de delitos: $25
- Recargo por delito menor: $175
- Asistir a un programa del impacto en las víctimas
§ 1192(4-a) - Conducir bajo la influencia combinada del alcohol y las drogas
Operar un vehículo motorizado si las capacidades de operar dicho vehículo motorizado se ven disminuidas por la influencia de varias drogas o la influencia de las drogas y del alcohol.
Detalles del delito:
- Código de Vehículos y Tránsito (VT): § 1192(4-a)
- Denominación: Delito menor
Penas:
- Multa: Min = $500; Max = $1,000
- Tiempo en la cárcel máx: 1 año
- Revocación de la licencia: 6 meses
- Suspensión del registro: mínimo 6 meses
- Tasa de evaluación de responsabilidad del conductor: $250 (durante 3 años)
- Tasa de asistencia a víctimas de delitos: $25
- Recargo por delito menor: $175
- Asistir a un programa del impacto en las víctimas
§ 1192(2) - Conducir en estado de ebriedad, per se, per se
Operar un vehículo motorizado con un nivel BAC de 0.08 % o superior.
Detalles del delito:
- Código de Vehículos y Tránsito (VT): § 1192(2)
- Denominación: Delito menor
Penas:
- Multa: Min = $500; Max = $1,000
- Tiempo en la cárcel máx: 1 año
- Revocación de la licencia: 6 meses
- Suspensión del registro: mínimo 6 meses
- Tasa de evaluación de responsabilidad del conductor: $250 (durante 3 años)
- Tasa de asistencia a víctimas de delitos: $25
- Recargo por delito menor: $175
- Asistir a un programa del impacto en las víctimas
- Uso de dispositivo de bloqueo de arranque: mínimo 1 año
§ 1192(3) - Conducir en estado de ebriedad
Operar un vehículo motorizado en estado de ebriedad (DWI, por sus siglas en inglés). También se conoce como “common law DWI”. Generalmente, la persona se niega a la prueba química para medir el nivel BAC, lo que obliga al Estado a demostrar el estado de ebriedad a través de otros medios, como los resultados de la prueba de sobriedad sobre el terreno y la impresión del agente respecto al estado del conductor. Los tribunales consideran que solo es aplicable si la persona se encuentra en estado de ebriedad.
Detalles del delito:
- Código de Vehículos y Tránsito (VT): § 1192(3)
- Denominación: Delito menor
Penas:
- Multa: Min = $500; Max = $1,000
- Tiempo en la cárcel máx: 1 año
- Revocación de la licencia: 6 meses
- Suspensión del registro: mínimo 6 meses
- Tasa de evaluación de responsabilidad del conductor: $250 (durante 3 años)
- Tasa de asistencia a víctimas de delitos: $25
- Recargo por delito menor: $175
- Asistir a un programa del impacto en las víctimas
- Uso de dispositivo de bloqueo de arranque: mínimo 1 año
§ 1192(2-a)(a) - ADWI agravado, per se
Operar un vehículo motorizado con un nivel BAC de 0.18 % o superior.
Detalles del delito:
- Código de Vehículos y Tránsito (VT): § 1192(2-a)(a)
- Denominación: Delito menor
Penas:
- Multa: Min = $1,000; Max = $2,500
- Tiempo en la cárcel máx: 1 año
- Revocación de la licencia: minimum of 1 year
- Suspensión del registro: mínimo 1 año
- Tasa de asistencia a víctimas de delitos: $250 (durante 3 años)
- Tasa de asistencia a víctimas de delitos: $25
- Recargo por delito menor: $175
- Asistir a un programa del impacto en las víctimas
- Uso de dispositivo de bloqueo de arranque: mínimo 1 año
- Evaluación formal de dependencia al alcohol o a las drogas, con posible tratamiento obligatorio
§ 1192(2-a)(b) - DWI agravado, con la compañía de un niño
Operar un vehículo motorizado bajo la influencia del alcohol o las drogas si un pasajero de dicho vehículo es un niño de 15 años o menos. Acá se incluye conducir con las capacidades disminuidas a causa de las drogas, conducir con las capacidades disminuidas a causa de una combinación de varias drogas o las drogas y el alcohol, conducir en estado de ebriedad, per se, y conducir en estado de ebriedad (“common law DWI”).
Detalles del delito:
- Código de Vehículos y Tránsito (VT): § 1192(2-a)(b)
- Denominación: Delito grave Clase E
Penas:
- Multa: Min = $1,000; Max = $5,000
- Tiempo en la cárcel: min = 1 año; max = 4 años
- Revocación de la licencia: mínimo 1 año
- Suspensión del registro: mínimo 1 año
- Tasa de evaluación de responsabilidad del conductor: $250 (durante 3 años)
- Tasa de asistencia a víctimas de delitos: $25
- Recargo por delito grave: $300
- Asistir a un programa del impacto en las víctimas
- Uso de dispositivo de bloqueo de arranque: mínimo 1 año
- Si el nivel BAC es menor que 0.15 %: examen obligatorio de abuso de sustancias y drogodependencia
- Si el nivel BAC es mayor que 0.15 %: evaluación formal de dependencia al alcohol o a las drogas, con posible tratamiento obligatorio
Penas para los delitos DWI que se cometen por primera vez
Tal como se indicó anteriormente, las posibles penas para un delito DWI en New York incluyen varios elementos que pueden dividirse en tres categorías generales: multas y cárcel, suspensión o revocación de la licencia, y penas adicionales.
Multas y cárcel
Las sanciones incluyen multas, cárcel o ambas. Las sanciones son las más discrecionales de las tres categorías de penas posibles. Por ejemplo, el tribunal puede elegir una de varias multas o dictar una sentencia menor que la pena de cárcel máxima. Además, en algunos casos el tribunal tiene la discrecionalidad de prescindir de las multas y la pena de cárcel e imponer castigos más indulgentes, como servicio comunitario o arresto domiciliario. El trabajo de un abogado defensor especializado en casos DWI es obtener dichas reducciones en la sentencia.
Suspensión o revocación de la licencia
La suspensión y la revocación de la licencia son penas obligatorias conforme a la ley. La “suspensión” y la “revocación” son penas administrativas diferentes. La suspensión de la licencia es temporal; es decir, se priva a la persona de la licencia o el privilegio de conducir durante un período determinado. En cambio, la revocación constituye la cancelación de la licencia, lo que solo puede rectificarse obteniendo una nueva licencia al finalizar el período de revocación.
Penas adicionales
Las penas adicionales incluyen una combinación de aquellas obligatorias conforme a la ley y aquellas que el tribunal podría ordenar. Estas penas son sumamente rigurosas, ya que imponen gastos financieros elevados y requisitos estrictos que interrumpen la vida cotidiana. Las penas adicionales incluyen las siguientes:
- Tasa de evaluación de responsabilidad del conductor: Tasa que deben pagar de manera anual al DMV los conductores que han sido condenados por un delito al conducir durante 3 años en total. Su objetivo es disuadir a los conductores de cometer o volver a cometer dichos delitos.
- Dispositivo de bloqueo de arranque: Dispositivo ordenado por el tribunal, que el conductor deberá comprar e instalar, y que consiste básicamente en un alcoholímetro conectado al sistema de arranque del automóvil. El dispositivo exige que el aliento del conductor no contenga alcohol para permitir que arranque el automóvil.
- Examen de dependencia a las drogas o al alcohol: La persona deberá hablar con un profesional certificado sobre su relación con el alcohol y/o las drogas. Posteriormente, el profesional decidirá si la persona necesita una evaluación adicional de dependencia al alcohol y/o a las drogas.
- Evaluación de dependencia a las drogas o al alcohol: Interacción profunda con un profesional certificado que determinará si la persona tiene un problema de abuso del alcohol y/o las drogas o dependencia a dichas sustancias. Si se considera que la persona tiene dicho problema, el profesional recomendará un plan de tratamiento, que la persona deberá cumplir como parte de su libertad condicional.
- Programa del impacto en las víctimas: Sesión que generalmente dura unas pocas horas y que consiste en una presentación de un panel de víctimas de delitos DWI y los familiares sobrevivientes.
- Recargo por delito menor/delito grave: Elemento disuasivo adicional para impedir que se cometan delitos DWI. Los recargos por delito menor/delito grave son tasas legalmente obligatorias que deben pagarse además de aquellas tasas que se ordenen como parte de la sentencia inicial tras la condena.
- Tasa de asistencia a víctimas de delitos: Tasa adicional a las tasas que deben pagarse como parte de la sentencia inicial tras la condena. La tasa de asistencia a las víctimas de delitos contribuye a los fondos destinados a la indemnización de las víctimas de delitos del Estado.
Cabe señalar que un delito DWI puede conllevar penas más estrictas si se combina con otras circunstancias; por ejemplo, si el delito provoca lesiones, la muerte o daños significativos. Un abogado hábil puede resultar tremendamente útil para averiguar los cargos precisos que se cobrarán y las posibles penas que podrían enfrentarse.
Sentencias alternativas para una condena por un delito DWI que se comete por primera vez
Aunque muchas de las posibles penas para una persona condenada por un delito DWI que haya cometido por primera vez parecen una posibilidad aterradora, la lista de sanciones no refleja el panorama completo. Uno de los principales beneficios de contar con la representación de un abogado especializado en casos DWI es su capacidad de obtener un trato indulgente durante la etapa de la sentencia. Es posible convencer al juez no solamente para dictar una sentencia con una pena menos severa respecto a lo que estipula la ley, sino también para prescindir de algunas penas opcionales y, en lugar de eso, imponer castigos alternativos menos rígidos. Algunos ejemplos son:
- Arresto domiciliario: Ser confinado en el propio hogar y ser supervisado a través de un dispositivo electrónico. Es posible negociar los términos, para así poder seguir yendo al trabajo y cumplir con otros compromisos necesarios.
- Rehabilitación: Ingresar a un programa de rehabilitación de alcohol o drogas para solucionar los problemas de abuso de sustancias de la persona.
- Servicio comunitario: Tener que trabajar en un proyecto comunitario durante una cantidad determinada de horas. Este proyecto generalmente es aprobado por el tribunal.
- Cárcel durante los fines de semana: Si se debe pasar tiempo en la cárcel, es posible negociar para poder cumplir la condena en partes yendo a la cárcel los fines de semana solamente.
- Penas adicionales opcionales: Tal como se muestra en la tabla anterior, podría incluirse un dispositivo de bloqueo de arranque.
¿Qué pasa después de que una persona es arrestada por un delito DWI?
Ser arrestado por un delito DWI, o que un familiar o amigo cercano sea arrestado por lo mismo, puede ser un proceso abrumador e inquietante. Un procesamiento penal no solamente es complicado, sino que también podría ser aterradora la posibilidad de una condena penal, debido a las graves consecuencias que podría tener en la vida de la persona. Un abogado experto puede aclarar los pasos del procedimiento y gestionar el caso de un conductor acusado para garantizar un resultado favorable. A continuación, se describe paso a paso el proceso general de un delito DWI que se comete por primera vez en New York.
1. Detención del vehículo/Arresto
Un arresto por un delito DWI suele comenzar con la detención del vehículo, que podría ser una detención tradicional o un punto de control de sobriedad. En cualquier caso, la ley permite que un agente detenga un automóvil si tiene la sospecha razonable de que se ha cometido una infracción o un delito, lo que se conoce como “causa probable”. En el contexto de los delitos DWI, el agente le pedirá a la persona que se detenga tras haber cometido una infracción de tránsito; por ejemplo, saltarse una señal de pare, o si la persona conduce de manera errática. Durante la detención del automóvil, el agente hará preguntas y, si cree que el conductor podría estar bajo la influencia de las drogas o el alcohol, realizará una prueba de sobriedad sobre el terreno y/o una prueba BAC preliminar con un alcoholímetro portátil. Si cualquiera de estas técnicas de investigación le hace creer al agente que el conductor ha cometido cualquiera de los delitos DWI que existen en New York, arrestará al conductor.
2. Después del arresto
Tras haber sido arrestada por un delito DWI, se trasladará a la persona a la comisaría, donde será registrada en el sistema y puesta bajo custodia mientras el agente realiza varias tareas relacionadas con el procedimiento, sobre todo papeleo. Mientras esté bajo custodia, se le solicitará al acusado someterse a una prueba BAC, que podrá administrarse tomando una muestra del aliento, la sangre, la orina o la saliva de la persona. Técnicamente, los conductores pueden negarse a la prueba BAC, aunque podría haber consecuencias.
New York tiene leyes de “consentimiento implícito” que estipulan que la conducción es un privilegio y que los automovilistas de New York, al registrarse como automovilistas en dicho estado, dan su consentimiento implícito para que se les realice una prueba BAC cuando un agente tenga una causa probable para creer que la persona conduce en estado de ebriedad y solicite dicha prueba. Por ende, negarse a una prueba BAC puede dar lugar a varias penas, como la suspensión de la licencia. Por ejemplo, una audiencia del DMV donde se determine que la persona se negó a la prueba BAC de manera ilegal podría dar lugar a una revocación de 1 año como mínimo, además de multas elevadas.
Una vez que el agente haya realizado el papeleo necesario, fijará una fianza que deberá pagarse antes de poner en libertad al acusado, o se citará al conductor a una audiencia judicial donde se realizará la “lectura de cargos” (que se explica en la siguiente sección), se fijará la fianza, y se solicitará al conductor que se declare culpable o inocente del cargo DWI. Si el conductor paga la fianza que haya fijado el agente y es puesto en libertad, se le notificará la fecha de su primera audiencia judicial, llamada “lectura de cargos”, antes de quedar en libertad. Si el conductor no paga la fianza que haya fijado el agente, seguirá bajo custodia policial.
3. Lectura de cargos
La lectura de cargos es la primera audiencia después de que la persona haya sido acusada de un delito. Suele realizarse dentro de 24 horas tras el arresto. El objetivo de esta audiencia es leer los cargos formales; es decir, de qué se acusa al conductor (denominado ahora “acusado”), y darle al conductor acusado la oportunidad de “formular una declaración” o, en otras palabras, declararse culpable o inocente del delito. Si el conductor se declara culpable, es probable que el juez fije una audiencia para dictar la sentencia en una fecha posterior. Si el conductor se declara inocente, el juez fijará una fecha para el juicio o una fecha para una audiencia previa al juicio.
Durante la lectura de cargos, el juez también fijará la fianza si ya no la hubiera fijado el agente que realizó el arresto. Por último, se suspenderá de manera temporal la licencia del conductor acusado a la espera de una audiencia administrativa en el Departamento de Vehículos Motorizados.
4. Conferencia previa al juicio
Durante una conferencia previa al juicio, el abogado del acusado tiene la oportunidad de negociar un “acuerdo declaratorio” con el fiscal de distrito que procesa el caso. En un acuerdo declaratorio, el abogado puede aceptar que su cliente se declarará culpable de un delito menos grave a cambio de una pena menor que la que se hubiera aplicado si el cliente hubiera perdido en el juicio. Una persona acusada de un delito DWI no tiene la obligación de solicitar un acuerdo declaratorio, pero tiene la opción de hacerlo.
5. Audiencias previas al juicio
Si no se llega a un acuerdo declaratorio durante la etapa de la conferencia previa al juicio, podrían realizarse varias audiencias antes del comienzo del juicio. La audiencia previa al juicio que suele ser la más importante para la defensa del acusado es la “audiencia de exclusión o supresión”. Durante la audiencia de exclusión, el objetivo del abogado defensor es que el tribunal excluya la evidencia que podría examinarse durante el juicio. La evidencia se excluirá o “suprimirá” al demostrarse que se obtuvo de manera ilegal.
6. Juicio
Si la persona no se declara culpable del delito DWI del que es acusada y no llega a un acuerdo declaratorio durante la etapa de la conferencia previa al juicio, el caso pasará a juicio. La fiscalía y la defensa presentarán sus respectivos casos y se determinará si el conductor acusado del delito DWI es inocente o culpable.
Existen dos tipos de juicios: con y sin jurado. En un juicio sin jurado, el juez desempeña la función del jurado y decide si la evidencia demuestra fuera de toda duda razonable que el conductor acusado es culpable. Como lo indica su nombre, un juicio por jurado cuenta con un jurado que decidirá si el acusado es culpable o inocente. Si el delito DWI se clasifica como un delito menor, el jurado estará formado por seis miembros. Si el delito DWI es un delito grave, el jurado estará formado por doce miembros.
En el juicio, corresponde a la fiscalía presentar las pruebas. En palabras sencillas, el Estado tiene la responsabilidad de demostrar al juez o al jurado fuera de toda duda razonable que el conductor acusado es culpable del delito DWI para que se imponga una condena. En el juicio, la defensa (el abogado del conductor acusado) tiene la oportunidad de demostrar al juez o al jurado que la evidencia de la fiscalía es cuestionable y que el conductor acusado es inocente.
7. Sentencia
Si la persona se declara culpable del delito DWI, llega a un acuerdo declaratorio o es hallada culpable en el juicio, se le impondrá una pena durante una audiencia donde se dictará la sentencia. En esta etapa, el abogado puede solicitar una sentencia menor, asumiendo que no ha aceptado un acuerdo declaratorio. En las únicas circunstancias en que no se realizará una audiencia para dictar la sentencia es si el acusado es hallado inocente en el juicio.
Durante las varias etapas de un caso DWI, es fundamental contar con la representación de un abogado competente y cualificado. Los procedimientos penales son extremadamente complicados. Se necesita un abogado excepcionalmente talentoso para tramitar con éxito estos procedimientos y proteger los intereses de su cliente en cada paso del proceso.
Cómo hacer que se desestime un cargo DWI
Si piensa defenderse de un cargo DWI, lo primero que debe hacer es obtener los servicios de un abogado penalista cualificado que tenga experiencia en este tipo de casos. A pesar de que en el caso Faretta vs. California, 422 US 806 (1975), el Tribunal Supremo ratificó el derecho de los acusados penales a representarse a sí mismos si el juez los considera competentes para hacerlo, el proceso penal es extremadamente complicado, y las personas acusadas de un delito DWI tienen mucho en juego, así que no es recomendable representarse a sí mismo.
Luego, es útil considerar el contexto legal pertinente, o el concepto “carga de la prueba”. Al procesar un cargo DWI, el Estado es responsable de demostrar fuera de toda duda razonable que el conductor acusado es culpable del delito. El acusado no es responsable de demostrar su inocencia. Al defenderse de un cargo DWI, el objetivo es generar dudas sobre el caso del Estado.
Hay muchas defensas que pueden presentarse para debilitar el caso del Estado. Cuando ayudamos a un cliente que ha sido acusado de un delito DWI, examinamos toda la evidencia disponible, desde las circunstancias de la detención del automóvil a las pruebas químicas y el interrogatorio de la policía, para así buscar incongruencias en la evidencia que puedan generar dudas respecto a si nuestro cliente es culpable o no del delito imputado.
Error del alcoholímetro
Las defensas más habituales en un caso DWI se relacionan con los procedimientos y el aparato que haya utilizado la policía para determinar que la persona se encontraba en estado de ebriedad para operar de manera segura un vehículo motorizado. Por ejemplo, los alcoholímetros podrían ser inexactos. Tienen un margen de error de 0.01 %, o sea que pueden fallar en un 0.01 %. Otro posible problema de los alcoholímetros es que pueden sobreestimar el nivel BAC si el agente no espera el tiempo suficiente antes de administrar la prueba. Los alcoholímetros detectan el contenido de alcohol a través de los pulmones. Si el agente no espera el tiempo suficiente antes de administrar el alcoholímetro y el conductor tiene residuos de alcohol en la boca, el dispositivo puede determinar de manera ilícita el contenido de alcohol en la boca, por lo que podría sobreestimar indebidamente el nivel BAC real de la persona. Estas inexactitudes pueden marcar la diferencia en el caso de la persona, sobre todo si el valor BAC medido se encontraba justo dentro del rango de incumplimiento de las leyes DWI; por ejemplo, si se registra un nivel BAC de 0.09 %.
Error de criterio al realizar las pruebas de sobriedad
Otro ejemplo habitual es argumentar que el agente que realizó el arresto tuvo un criterio cuestionable al momento de realizar la prueba de sobriedad sobre el terreno, principalmente si el caso del Estado se fundamenta en gran medida en los resultados de dicha prueba. Las pruebas de sobriedad sobre el terreno son subjetivas por naturaleza. Aunque los agentes a menudo someten a los conductores a pruebas más o menos estandarizadas, el criterio del agente respecto al desempeño del conductor podría ser impreciso. Un abogado puede contrainterrogar al agente que declare, para así encontrar errores que haya cometido durante la prueba de sobriedad sobre el terreno y demostrar que tal vez el criterio del agente respecto al desempeño del conductor es cuestionable.
Muestras de sangre comprometidas
Las muestras de sangre destinadas a revelar el nivel BAC del conductor también pueden impugnarse. Los resultados de los análisis de sangre pueden verse comprometidos de varias maneras. Un ejemplo habitual es un almacenamiento incorrecto. Los resultados de los análisis de sangre también pueden impugnarse, ya que el nivel BAC aumenta con el tiempo, por lo que el nivel BAC del conductor que hayan indicado los resultados podría ser mayor que aquel que hubiera habido cuando el agente le solicitó al conductor que se detuviera si ha transcurrido un período de tiempo importante entre la detención del automóvil y la toma de la muestra de sangre.
Otras defensas
Otras defensas habituales consisten en afirmar que los agentes no respetaron los derechos constitucionales del conductor; por ejemplo, haber obtenido una confesión por medios ilícitos o haberle pedido al conductor que se detuviera sin una causa probable. También puede argumentarse que el conductor registró un nivel BAC elevado por razones que no tienen ninguna relación con el consumo de alcohol, como el inusual “síndrome de la autocervecería”, donde el cuerpo de la persona fermenta el azúcar y el almidón que ingiere y produce alcohol.
Defensa exitosa de un caso DWI: El Estado vs. Brown
Un ejemplo interesante de una defensa exitosa de un delito DWI es el caso El Estado vs. Brown. Un policía detuvo el vehículo de Brown tras observar que giró bruscamente y no conducía en el carril correcto. En su informe, el agente mencionó la conducción errática de Brown, su conducta despreocupada, su dificultad para hablar y mala coordinación, y el hecho de que no pasó varios de los ejercicios de la prueba de sobriedad sobre el terreno. En el informe, no se indicó haberse detectado olor a alcohol en el vehículo de Brown ni tampoco que Brown admitió haber estado bebiendo. El resultado de la prueba química de Brown reveló un nivel BAC de 0.00 %.
Brown fue acusado de un delito DWI. En la apelación, Brown alegó que debía desestimarse el cargo, ya que no podría haber estado “conduciendo en estado de ebriedad” si su nivel BAC fue de 0.00 %. La fiscalía refutó dicho alegato citando el caso El Estado vs. Cruz, donde leyó que solo debe demostrarse que el acusado operó un vehículo sin tener la capacidad de hacerlo de manera segura, pero no mencionó el requisito del nivel BAC.
El tribunal falló a favor de Brown y desestimó el cargo DWI. La razón fue que la lectura del caso El Estado vs. Cruz por parte de la fiscalía fue incorrecta, y que las conclusiones a las que llegó la fiscalía sobre el delito de “conducción en estado de ebriedad” fueron debilitadas por otro precedente.
Acuerdo declaratorio
Un segundo aspecto fundamental que hay que considerar a la hora de preparar la defensa contra un cargo por un delito DWI que se comete por primera vez es la solidez del caso del Estado. Para defenderse de un cargo DWI, hay que ser realista y evaluar de manera estratégica las opciones que existen para lograr el mejor resultado que sea realistamente posible. Muchas veces, la mejor opción de un abogado especializado en casos DWI es negociar un acuerdo declaratorio, para que así su cliente reciba una pena menos severa. Esto es habitual cuando el nivel BAC del conductor superó por poco el límite legal y se trata de un delito menor de conducción en estado de ebriedad, per se. Si el Estado tiene un caso sólido, y con el pleno consentimiento del cliente, nuestros abogados suelen negociar un acuerdo declaratorio para que el cliente se declare culpable de haber conducido bajo la influencia del alcohol, una infracción de tránsito con penas mucho menos severas.
Cómo una condena por un delito DWI que se comete por primera vez afecta el seguro
Una condena por un delito DWI puede tener un impacto importante en la vida de la persona incluso mucho tiempo después de haberse resuelto el caso y haberse cumplido con la sentencia. A las personas condenadas por un delito DWI les suele preocupar cómo dicha condena afectará el seguro de su automóvil una vez que puedan volver a conducir.
Un efecto inmediato podría ser la cancelación de la póliza del seguro por parte de la aseguradora. Cuando una persona es acusada de un delito DWI en New York, sin duda le suspenderán o revocarán la licencia tras la condena. También podrían suspendérsela de manera temporal en una etapa anterior del proceso, a la espera de que el caso sea procesado. La ley de New York permite a las aseguradoras cancelar una póliza “a mediano plazo”, en los sesenta días posteriores al comienzo de una nueva póliza, por varias razones. Una de ellas es la suspensión de la licencia del titular de la póliza.
¿Por cuánto tiempo se ven afectadas las tasas del seguro a causa de un cargo DWI en New York?
Una condena por un delito DWI también podría afectar de manera drástica las tasas del seguro del automóvil. De hecho, según algunas fuentes, se estima que las tasas aumentan hasta en 76 %. Un delito DWI generalmente permanece en el historial de conducción durante 10 años. Al determinar las tasas de la póliza, las aseguradoras no siempre revisan la misma cantidad de años al analizar el historial de conducción. Generalmente, revisan de a tres, cinco o siete años. El aumento de las tasas debido a una condena por un delito DWI suele llamarse “recargo”.
El recargo del seguro de un automóvil generalmente dura tres años. Por suerte, la ley estatal de New York protege a los conductores que han sido condenados por un delito DWI para que las aseguradoras no se aprovechen de ellos. Un ejemplo destacado es una ley que impide que se aplique un recargo de más de tres veces el valor de la prima del vehículo que pague más conforme a dicha póliza. Estos recargos también se limitan a las primas por cobertura sin culpa, cobertura de colisiones y seguro de responsabilidad civil.
Conductores de otros estados: Delito DWI que se comete por primera vez
Existen tres categorías de los “conductores de otros estados” que podrían ser acusados y condenados por un delito DWI: los automovilistas que no son de New York y que son acusados de un delito DWI en New York, los automovilistas de New York que son acusados de un delito DWI en un estado que no sea New York, y los automovilistas con una licencia de New Jersey que son acusados de un delito DWI en New York. Los conductores de estas tres categorías primero deben conocer el Convenio Interestatal de Licencias de Conducir (IDLC, por sus siglas en inglés).
Convenio Interestatal de Licencias de Conducir (IDLC)
El IDLC es un acuerdo suscrito por 46 de los 50 estados, excepto Georgia, Wisconsin, Michigan y Tennessee. El objetivo del acuerdo es facilitar la comunicación entre los estados miembros respecto a las infracciones de tránsito que cometan los automovilistas de otros estados. Cada estado miembro tiene sus propios criterios para tratar dicha información, pero en general, una persona que cometa un delito al conducir en otro estado está sujeta a las consecuencias de dicho delito en el estado donde haya cometido el delito y en su estado de origen. Una limitación significativa es que la persona solamente podrá recibir un castigo en su estado de origen por un delito que haya cometido en otro estado si el estado de origen tiene una ley que defina un delito sustancialmente similar al delito cometido.
Automovilistas que no son de New York y que son acusados y condenados en New York
En el caso de los automovilistas que no son de New York y que son acusados y condenados por un delito DWI en New York, el Artículo 516 de la Ley de Vehículos y Tránsito de NY (2019) estipula que el Estado de New York debe informar sobre dicha condena a la autoridad encargada de conceder licencias del estado de origen del automovilista condenado. Si la ley del estado de origen del automovilista estipula un delito sustancialmente similar al delito DWI de New York por el que se condena al automovilista, la autoridad encargada de conceder licencias del estado de origen podría imponer penas por el delito además de cualquier otra pena que se imponga en New York. En este caso, el estado de origen generalmente suspenderá o revocará la licencia del automovilista.
Automovilistas de New York que son acusados y condenados fuera de New York
Se aplica el mismo procedimiento a un automovilista de New York que es acusado y condenado por un delito DWI en otro estado. Siempre y cuando sea parte del ILDC, el otro estado debe informar sobre la condena al Departamento de Vehículos Motorizados de New York, que impondrá las penas correspondientes para el delito análogo de New York, de existir.
Titulares de una licencia de New Jersey acusados en New York
Al igual que con las dos categorías de conductores anteriores, el IDLC rige la manera en que New Jersey tramitará un cargo y una condena por un delito DWI en New York. Tras la condena, New York informará sobre la condena a la Comisión de Vehículos Motorizados de New Jersey, que sancionará al automovilista condenado mediante la suspensión o revocación de la licencia de acuerdo al delito de New Jersey que sea análogo al delito DWI de New York por el que se haya condenado al automovilista, de existir. El asunto de una ley análoga fue el objeto de una demanda a través de la cual un automovilista de New Jersey impugnó la comparación del delito DWAI de New York que realizó el Estado con el Artículo 39:4-50(a) de los N.J.S.A. En el caso División de Vehículos Motorizados vs. Lawrence, 194 N.J.Super. 1 (App. Div. 1983), un tribunal de apelaciones de New Jersey ratificó la comparación realizada por el Estado y determinó que el delito de New Jersey era lo suficientemente similar al delito DWAI de New York. New Jersey permite que los automovilistas soliciten una audiencia tras recibir un aviso de sanciones recíprocas por un delito DWI cometido en otro estado, donde podrán impugnar dichas sanciones.
En cualquiera de las tres categorías de automovilistas, es importante contratar los servicios de un abogado de New York especializado en casos DWI. Los automovilistas acusados que no sean de New York y los titulares de licencias de New Jersey que sean acusados en New York deben hacer lo que esté a su alcance para defenderse y protegerse de las penas en New York y en su estado de origen por un delito DWI. Los automovilistas de New York deben obtener asesoramiento para impugnar una acción administrativa que se relacione con la manera en que el Departamento de Vehículos Motorizados de New York tramite una condena por un delito DWI cometido en otro estado.
¿Es posible y recomendable contratar a un defensor público?
Aunque es preferible contratar los servicios de un abogado lo antes posible tras un arresto por un delito DWI, los conductores generalmente no tienen representación en la primera audiencia judicial, la “lectura de cargos”. Durante la lectura de cargos, el juez le informará a la persona que, en su calidad de acusado penal, tiene derecho a un abogado y que, si no tiene dinero para contratar a uno, el tribunal le asignará uno a expensas del gobierno. Este abogado suele ser un defensor público, pero a veces puede ser un abogado privado que designe el tribunal. Las personas que no cuentan con representación en el momento de la lectura de cargos se enfrentan a una pregunta bastante trascendental para su caso: ¿Es necesario obtener representación o aceptar el abogado designado por el tribunal?
El primer aspecto que hay que tener en cuenta es el siguiente: Aunque la Sexta Enmienda de la Constitución de EE. UU. otorga a los acusados de un caso penal el derecho a que los represente un abogado, las personas que desean trabajar con un abogado designado por el tribunal a expensas del gobierno deben solicitar uno y cumplir los requisitos conforme a las normas de indigencia de New York. Incluso si una persona cumple los requisitos para obtener la representación de un abogado designado por el tribunal, hay algunas razones fundamentales por las que es recomendable contratar a un abogado privado.
En primer lugar, a pesar de que muchos defensores públicos son aptos y competentes, suelen tener una gran cantidad de casos. Por ende, los acusados que representen solamente recibirán una pequeña parte de su atención. Los casos DWI requieren detallismo y meticulosidad, así que no es insólito que los acusados en este tipo de casos se vean perjudicados si cuentan con la representación de un defensor público muy ocupado.
Incluso las personas que cuentan con la representación de un abogado privado designado por el tribunal podrían recibir una menor calidad en la tramitación de su caso. Los abogados privados designados por el tribunal suelen asignar más recursos y atención a sus clientes privados, ya que se les paga bastante mal para representar a sus clientes designados por el tribunal.
En cambio, un abogado privado tendrá una cantidad de casos muchísimo más estable y generalmente menor que un defensor público. Los acusados por un delito DWI que cuentan con la representación de un abogado privado se benefician muchísimo de la atención meticulosa e individualizada que se dedica a su caso y de los recursos para apoyarlos mientras se intenta lograr el mejor resultado posible.
En segundo lugar, un caso DWI suele constar de dos elementos: un caso penal y un caso administrativo en el Departamento de Vehículos Motorizados. Un abogado designado por el tribunal representará al acusado en la parte penal, pero no podrá representarlo en la acción administrativa. La parte administrativa es bastante importante, ya que aquí se deciden temas como la suspensión y revocación de la licencia. Un buen abogado privado no solamente está dispuesto y es capaz de representar al acusado en la parte administrativa del caso, sino que puede enfrentar con éxito dichas audiencias y garantizar que la suspensión o revocación de la licencia sea mínima.
Preguntas frecuentes
No. Cada estado utiliza distintos nombres y siglas para el delito de operar un vehículo motorizado bajo la influencia del alcohol o las drogas. Algunos estados utilizan el término “conducir bajo la influencia del alcohol o las drogas” o “DUI”. New York prefiere el término “conducir en estado de ebriedad” o “DWI”. El sistema completo de New York en materia de DWI incluye varios tipos de delitos DWI, cada uno con una sigla específica. Por ejemplo, “DWAI” significa “conducir con las facultades disminuidas”.
Conducir en estado de ebriedad (DWI) es un delito; conducir con las facultades disminuidas (DWAI) no lo es. En un caso DWI, el abogado del acusado a menudo puede negociar un acuerdo declaratorio para que se considere un cargo DWAI, según la gravedad de los cargos y el historial de conducción de la persona.
Podría serlo. En New York, la mayoría de los delitos DWI, si se cometen por primera vez, constituyen un delito menor. El único delito DWI de New York por el que un infractor primerizo podría ser acusado de un delito grave es la “conducción agravada en estado de ebriedad, con la compañía de un niño”, un delito grave Clase E que consiste en conducir bajo la influencia del alcohol o las drogas con un pasajero que sea un niño de 15 años o menos. Los infractores DWI reincidentes también pueden ser sujetos a cargos por un delito grave.
De los siete tipos de delitos DWI de New York, cinco son delitos menores, mientras que los otros dos constituyen una infracción de tránsito y un delito grave Clase E. Que la condena por un cargo DWI constituya una infracción de tránsito, un delito menor o un delito grave depende principalmente del delito del que se acuse a la persona y de si el abogado puede negociar el cargo para que se reduzca el delito, a través de lo que se conoce como “acuerdo declaratorio”.
Sí. Aunque no es muy habitual, es posible que se desestime un delito DWI que se comete por primera vez en New York. Sin embargo, la razón de la desestimación no se basará en la indulgencia hacia el infractor primerizo. Una desestimación generalmente se produce si la policía tiene evidencia insuficiente para demostrar los elementos del delito o por otras razones relacionadas con el procedimiento. Un escenario más habitual para un infractor primerizo es que el juez sea indulgente durante la etapa de la sentencia, si el infractor es condenado, o si el abogado del infractor negocia un acuerdo declaratorio que implique un cargo menos grave.
Sí, pero no siempre. Existen dos maneras para reducir un cargo DWI en New York: la discrecionalidad de la fiscalía y un acuerdo declaratorio. La discrecionalidad de la fiscalía consiste en que el fiscal decide procesar a la persona por un cargo menor. Esto suele ocurrir cuando el fiscal descubre que no tiene evidencia suficiente para obtener una condena por un cargo DWI más grave, así que decide presentar un cargo menor que sabe que puede demostrar. Un acuerdo declaratorio es el proceso a través del cual el abogado intenta negociar un acuerdo con el fiscal para que el acusado se declare culpable de un delito menor que aquel del que se le acusa. El sacrificio es que, al aceptar este acuerdo, se renuncia al derecho de ir a juicio. Los casos penales suelen resolverse a través de acuerdos declaratorios.
No. Ninguno de los delitos DWI de New York exige que el tribunal imponga una pena de cárcel durante la etapa de la sentencia si se trata de un delito que se comete por primera vez. Sin embargo, sí es posible. La indulgencia del juez suele obtenerse si el abogado solicita una sentencia menos estricta o negocia un acuerdo declaratorio favorable con el fiscal.
Sí. Independientemente de que la persona solo sea acusada de un delito DWI o sea acusada y condenada, lo más probable es que pierda su licencia durante un período de tiempo. Respecto a la condena, la ley estatal de New York exige un plazo mínimo de suspensión o revocación de la licencia si se trata de un delito DWI que se comete por primera vez, independientemente del tipo de delito que se haya cometido. Incluso si la persona es acusada y luego es absuelta de un delito DWI en New York, lo más probable es que le suspendan la licencia. A las personas acusadas de un delito DWI generalmente se les suspende la licencia durante la lectura de cargos a la espera de una audiencia administrativa en el Departamento de Vehículos Motorizados.
Ninguno. Una condena por un delito DWI en New York no suma puntos a la licencia de la persona.
Una condena por un delito DWI que se comete por primera vez permanece en el historial de conducción durante 15 años desde la fecha de la condena, mientras que una condena por un delito DWAI que se comete por primera vez permanece durante 10 años desde la condena.
No. La ley estatal de New York no permite eliminar de los antecedentes penales una condena por un delito DWI. Los delitos DWI se encuentran entre los pocos delitos de New York que no pueden eliminarse de los antecedentes penales. Por ende, una condena por un delito DWI permanecerá en los antecedentes penales durante toda la vida de la persona.
Un cargo o una condena por un delito DWI puede afectar el empleo de la persona de muchas maneras distintas. Una de ellas es el impacto colateral de la suspensión o revocación de la licencia. Si a una persona le suspenden o revocan la licencia, podría verse afectada su capacidad de viajar al trabajo y de obtener y mantener un empleo donde una de las funciones laborales sea conducir. Además, un empleador puede ver una condena por un delito DWI realizando una verificación de los antecedentes penales y el historial de conducción de la persona. Todas las condenas por un delito DWI de New York figuran en los antecedentes penales, salvo un cargo DWAI, que se clasifica como una infracción de tránsito.
Sí, aunque es complicado. Técnicamente, no hay ninguna ley que prohíba que las personas acusadas o condenadas por un delito DWI en New York puedan convertirse en profesores o sigan ejerciendo como tales. Sin embargo, un delito DWI puede complicar las cosas. Las escuelas están comprometidas con la seguridad y el bienestar de los niños y suelen verse sumamente presionadas por los padres. Por ende, las escuelas podrían ser reacias a contratar como profesor a una persona con una condena por un delito DWI y podrían inclinarse por despedir a aquellos profesores que han sido condenados por un delito DWI. En New York, el empleo es “a voluntad”, lo que significa que los empleadores pueden despedir a los empleados sin ninguna razón o por cualquier razón que no sea ilegal.
¿A quién puedo contactar si me arrestan por un delito DWI?
Sin importar las circunstancias, ser acusado de un delito DWI que se comete por primera vez es desconcertante para la mayoría de las personas. Al estrés del acusado y sus amigos y familiares se le suma la complejidad de las leyes de New York en materia de DWI y la incertidumbre de quedar expuesto a responsabilidad penal. La solución más potente para estos problemas es obtener la representación de un abogado penalista diligente y con experiencia en casos DWI, como los abogados de Rosenblum Law. En cada paso de un caso DWI, los acusados tienen la oportunidad de recibir indulgencia y justicia. Ya sea si la persona fue acusada de manera injusta o cometió un error honesto, los abogados defensores especializados en casos DWI de Rosenblum Law tienen el firme compromiso de proteger los derechos de sus clientes y luchar por el mejor resultado posible.